Justicia obliga a la Ciudad a prevenir el dengue en villas de emergencia

En cinco días, se deberá realizar un relevamiento de asentamientos precarios y definir un cronograma de acción. Los magistrados intimaron a realizar fumigaciones y a informar sobre otras medidas preventivas.

El gobierno porteño deberá disponer un programa para prevenir el dengue en las villas de emergencia y asentamientos precarios, según un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad.

 
El tribunal de apelaciones confirmó una decisión de primera instancia que había ordenado al gobierno de Mauricio Macri realizar en cinco días un relevamiento de estos sitios y definir un «cronograma de acción» para erradicar el mosquito portador de la enfermedad, según el fallo difundido hoy.

Los jueces Esteban Centanaro y Nélida Daniele intimaron a realizar «fumigaciones en las distintas villas de emergencia y asentamientos precarios». Además, se ordenó al Ejecutivo de la Ciudad «a informar las demás medidas adoptadas para evitar la propagación del virus, a implementar campañas para publicitar las medidas preventivas y, finalmente, indicar las autoridades responsables de la programación y ejecución de las tareas encomendadas».

La denuncia fue impulsada por Madres de Plaza de Mayo contra el gobierno macrista y la empresa Corporación Buenos Aires Sur, porque las villas y asentamientos habían quedado excluidos de los programas preventivos de fumigación.

 
Al apelar el fallo de primera instancia en su contra, el gobierno porteño argumentó que «la frecuencia con que se establecen realizar las fumigaciones, caen dentro de la esfera del departamento ejecutivo, encontrándose, por ende, exentas del contralor judicial».

Además, había remarcado que hay “instaladas en la Ciudad 230 ovitrampas que capturan periódicamente ejemplares de esas especies para realizar análisis y controles de plagas».
Pero en el fallo de apelación se advirtió que la Ciudad «no pudo acreditar contar con un diagnóstico adecuado del problema».

«La documentación son datos e informes del año 1997 al año 2002. Es decir, no hay hasta lo que se analiza de los elementos allegados, datos actualizados que comprueben la identificación del mapa de riesgo y las medidas positivas, aptas y suficientes», agregaron los jueces.

El Tribunal recordó la existencia de «un explícito deber jurídico del Estado en adoptar políticas concretas y efectivas y, en paralelo, impone el deber de disponer, a dichos efectos, de los recursos humanos y materiales, tendientes a su tutela».

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