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Autorizan que un paciente reciba el riñón de su nuera

El hombre, de 60 años, recibirá un riñón de su nuera tras un fallo inédito.

El juez de Garantías de La Plata Guillermo Atencio, en una resolución que sería inédita en el país, hizo lugar vía amparo judicial a que un hombre de 60 años que padece una enfermedad renal crónica reciba un riñón de su nuera, una joven de 26 años, para concretar un trasplante que le salve la vida.

La resolución -que hace una excepción a la legislación sobre donación en pacientes vivos- fue dictada luego de una audiencia celebrada en los Tribunales Penales de La Plata, en el juzgado de Garantías 1 a cargo de Atencio, y contó con la participación del fiscal penal Alvaro Garganta, quien emitió un dictamen favorable.

«Sin perjuicio de las facultades de regulación legislativa nacional, dadas las particularidades del caso, especialmente los lazos de solidaridad y afectivo, existente entre el donante y el receptor, corresponde hacer lugar al amparo», dictaminó el fiscal.

Es que la ley de Trasplantes, 23.193, en su artículo 15 señala que «sólo estará permitida la ablación de órganos o materiales anatómicos en vida con fines de trasplante sobre una persona capaz mayor de dieciocho (18) años, quien podrá autorizarla únicamente en caso de que el receptor sea su pariente consanguíneo o por adopción hasta el cuarto grado, o su cónyuge, o una persona que, sin ser su cónyuge, conviva con el donante en relación de tipo conyugal no menos antigua de tres (3) años, en forma inmediata, continua e ininterrumpida».

Los protagonistas de este caso tuvieron que recurrir a la Justicia, vía amparo, porque su caso no está previsto por la norma: aquí se trata de un hombre que recibe un órgano de su nuera.

El juez Atencio explicó que «el espíritu de la citada ley es poner una barrera infranqueable al tráfico o venta de órganos, pero en este caso, que fue analizado pormenorizadamente, con la intervención de profesionales idóneos, se estableció claramente que aquí no hay riesgo de vulnerar los fines que persigue esta norma».

También explicó que «este sería el primer caso en que la Justicia excepciona el grado de parentesco para permitir la donación y el trasplante de órganos».

En la audiencia declararon médicos del Cucaiba, peritos psiquiatras y asistentes sociales del Poder Judicial bonaerense, quienes coincidieron en recomendar la concreción del trasplante.

«Habiendo oído a las partes y los peritos presentes en la audiencia, surge con claridad que dicha práctica comporta la única forma de salvaguardar la salud del receptor sin que con ello se advierta perjuicio alguno al donante», afirmó el juez en su resolución.
En el amparo se explicó que el paciente, Roberto Torti, sufre una insuficiencia renal terminal, con tratamiento de hemodiálisis desde julio de 2003.

También se detalló que «a pesar de estar inscripto en lista de espera para trasplante renal con donante cadavérico desde el primero de noviembre de 2004, aún no ha tenido oportunidad» de ser intervenido.

«Tampoco existe posibilidad de realizar un trasplante con dador vivo relacionado ya que existe el riesgo de que sus hijos desarrollen la misma enfermedad renal de su padre (poliquistosis renal) y su esposa tiene contraindicaciones médicas para la donación», se afirmó en la presentación a la que hizo lugar la Justicia platense.

En ese sentido, en la resolución el juez valoró que la donante, Fabiana Alvitos, desde hace seis años conoce a su compañero (el hijo de Torti), que viven en Mar del Plata, y que la joven afirmó que tomó la presente decisión porque «vio a su pareja preocupada por su padre y fundamentalmente por el hecho de que falleciera un familiar».

La joven, al ser consultada en la audiencia por una perito de Tribunales sobre si quería tener hijos, dijo que si, en un futuro, y que si hipotéticamente esta decisión desembocara en un impedimento para tenerlos, igual está dispuesta a donarle el riñón a su suegro.

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