Los bares, los restaurantes, los salones de fiestas y los locales bailables de la Ciudad de Buenos Aires deberán eliminar por ley sus áreas designadas para fumadores a partir del 5 de enero, tras entrar en vigencia una norma que elimina todo tipo de excepciones de permitir el tabaco en los espacios cerrados.
La norma 3718, que reemplaza la 1799, fue aprobada el 30 de diciembre de 2010 por la legislatura porteña y promulgada el 5 de enero de este año, para entrar en vigencia tras 365 días. Sin embargo, muchos fueron los locales que se sumaron voluntariamente al cambio tras la sanción de la Ley Nacional en junio.
“La nueva ley rige a partir enero y si bien la aplicación de los ambientes 100% libres de humo es de índole local, son muchos los dueños de bares y restaurantes que se sumaron antes a un cambio saludable”, indicó la Dra. Marta Angueira, coordinadora del Programa de Prevención y Control de Tabaquismo (PPCT).
Esta nueva norma exige que todo espacio cerrado con acceso público sea 100% libre de humo, eliminando todas las excepciones que permitía la anterior disposición, por lo que también los shoppings e incluso en los salones de fiestas para eventos privados tampoco se podrá fumar.
Al igual que en la Ley 1799, tampoco se permitirá el cigarrillo en los lugares de trabajo, en los establecimientos de salud (incluso en los espacios al aire libre), en los cajeros automáticos, las cabinas telefónicas y los taxis.