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Ciudad: eliminan preguntas sensibles a donantes de sangre

La Legislatura porteña aprobó por unanimidad un proyecto que modifica la Ley de Sangre por la reformulación del cuestionario a donantes, que no solicitará información respecto de identidad de género, orientación sexual o cualquier otro dato que resulte discriminatorio o invasivo de la intimidad de las personas. Esta iniciatva, del diputado Maximiliano Ferraro de la Coalición Cívica/ARI, se trata de la primera iniciativa en el país dispuesta por ley.

“Al momento de donar no se requerirá información de los/las donantes respecto a su identidad de género, orientación sexual o cualquier información que resulte discriminatoria”, fue como quedó redactado el artículo 3, inciso D, de la Ley de Sangre (Nº 3328) de la Ciudad de Buenos Aires tras la modificación.

La norma estableció que el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires será la autoridad de aplicación, y tendrá 180 días improrrogables para reglamentar la ley además de ser la responsable de redactar el formulario que deberán completar los donantes de acuerdo con la norma aprobada de acuerdo con la norma aprobada

Según informó el sitio parlamentario.com., Ferraro declaró que “todos saben que el formulario de pre-donación que se aplica en la Argentina, en hospitales públicos de la Ciudad de Buenos Aires, como se aplica en los hospitales del resto del país, ha sido una fuente de reclamo y de debate desde hace muchos años por parte de las organizaciones de DD.HH., las organizaciones de diversidad sexual y de muchas universidades publicas y privadas”.

“Sabemos que (la ley nacional) también cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación y que estamos esperando la media sanción en el Senado pero creíamos muy importante que en la Ciudad podamos avanzar en esta ampliación de derechos”, agregó.

Las actuales restricciones en el formulario, según explicó Ferraro, “se en los fundamentos- en la existencia de ‘grupos de riesgo’” . Al respecto, el legislador concluyó: “Realizar juicios de valor sobre la calidad de la sangre de las personas sólo por el hecho de pertenecer a cierta minoría o realizar ciertas actividades es no sólo un determinismo y una violación al principio de no discriminación sino que también implica vulnerar sus derechos a la autonomía personal, a la dignidad, el respeto a la libertad, a la intimidad, a la privacidad y a la protección de las conductas autorreferentes de disposición del propio cuerpo”.

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