El Gobierno oficializó una norma que amplía beneficios para los pacientes con hemofilia, quienes adquirieron enfermedades crónicas tras haber sido tratados con productos hemoderivados entre los años 1979 y 1995. La Ley 26.850, que modifica a la anterior que lleva el número25.869, fue publicada en el Boletín Oficial.
Hasta ahora, el beneficio regía para quienes se habían contagiado el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) por las terapias de productos elaborados a base de sangre. Pero de acuerdo con la modificación, se extiende a quienes contrajeron los virus de la Hepatitis B (HBV) y de la Hepatitis C (HCV).
A su vez, se establece que “el beneficio acordado será extensivo al cónyuge o concubino, con convivencia pública y continua de más de dos (2) años, y que hubieren sido contagiados por ellos con los virus HIV, HBV y HCV”.
La iniciativa, que tomó fuerza de ley tras ser tratada en el Senado, acordó extenderlo también «a los hijos de los beneficiarios que hubieran sido infectados por los virus HIV, HBV y HCV, por transmisión perinatal”.