El Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) estableció las pautas relacionadas con los datos que deberán remitirse a los Organismos Jurisdiccionales de Ablación e Implante para la correcta y eficiente organización de los registros de lista de espera y trasplante, publica hoy el Boletín Oficial.
A través de la resolución 59/2010, el organismo busca establecer criterios de distribución de órganos cadavéricos sustentados en “en normas técnicas que contemplen la equidad en el acceso al trasplante, en la asignación de los órganos y tejidos y en la transparencia de los procedimientos”.
Con esta finalidad, la norma estable que deben precisarse los “requisitos tendientes a asegurar la calidad de la atención médica a los pacientes que requieran un trasplante de órganos, además del debido registro, seguimiento y evaluación de las prácticas de ablación e implante de órganos y tejidos”.
La decisión apunta a una resolución integral que contemple la totalidad de los aspectos vinculados a la práctica trasplantológica de páncreas, y de riñón y páncreas simultáneo con el fin de evitar la dispersión y superposición de normas regulatorias.
En este sentido, establece que estos criterios deben ser “uniformes y específicos en todo el territorio de la República, en la medida que regulan aspectos esenciales y comunes para la protección de la salud y la seguridad de las personas, debiendo contemplar aspectos bioéticos, médicos y de territorialidad”.
En la elaboración de la disposición participó el Comité de Bioética, mientras que el Departamento de Informática, la Comisión Federal de Trasplante, el Consejo Federal de Salud (CO.FE.SA.) y las Direcciones Científico Técnica y Médica y los Departamentos de Asuntos Jurídicos y de Informática trabajarán en forma conjunta para su implementación.