Crean Programa Nacional de Control del Cáncer de Mama

Fue por una  medida que quedó oficializada mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial. Apunta a redcir la morbimortalidad de esta patología que porovoca más de 5 mil muertes anuales.

Por medio de la Resolución 1813 del Ministerio de Salud de la Nación , publicada en el Boletín Oficial de hoy, quedó oficializada la creación del Programa Nacional de Control de Cáncer de Mama en el ámbito del Instituto Nacional del Cáncer (INC), cuyo objetivo es reducir la morbimortalidad por esta patología a nivel, causante de alrededor de 5.400 muertes por año.

“Esta Resolución integra y da entidad a una serie de acciones que se vienen realizando desde el INC, con el objetivo de disminuir el número de casos y la mortalidad que provoca esta enfermedad”, consideró Daniel Gómez, miembro del Consejo Ejecutivo del INC, a la vez que llamó “a la población, y a las mujeres en particular, a realizarse el autoexamen y los controles médicos periódicos” para prevenir o detectar precozmente esta patología.

Según dispone la medida en su artículo 2º, serán funciones del programa “la elaboración de lineamientos programáticos y guías de práctica para la detección, diagnóstico y tratamiento; la implementación de un sistema integral de control de calidad en todo el continuo de cuidado del cáncer de mama; el monitoreo y la evaluación del proceso de detección y tratamiento; la articulación de las diferentes etapas del cuidado del cáncer de mama; y la elaboración e implementación de estrategias de comunicación sobre hábitos saludables vinculados a la salud mamaria, con un lenguaje ajustado a las diferentes comunidades que componen la Nación ”.

Asimismo, establece que “a los fines de cumplir con estas funciones, el Programa deberá articular su actividad con las áreas del Ministerio de Salud de la Nación que desarrollen actividades de cuidado de la salud en la población objetivo definida”.

En tanto que por medio del artículo 3º, se autoriza al INC “a suscribir los convenios, documentos e instrumentos que resulten necesarios para la adecuada ejecución e implementación del Programa Nacional de Control de Cáncer de Mama, quedando facultado a realizar toda gestión conducente al cumplimiento de las metas previstas”.

Por último, el INC queda también facultado “a dictar las normas complementarias, interpretativas y aclaratorias de la presente Resolución”.

De acuerdo a lo estipulado en el anexo de la Resolución 1813, la misión del Programa será “promover y asegurar la calidad y equidad del cuidado de las mujeres a riesgo, con sospecha o confirmación de cáncer de mama”, mientras que entre los objetivos de la iniciativa se destaca reducir la mortalidad y mejorar la calidad de vida de las mujeres con la enfermedad garantizar el tratamiento adecuado y oportuno de las pacientes; asegurar la calidad de los servicios de detección temprana, diagnóstico y tratamiento; desarrollar un sistema eficiente de seguimiento y tratamiento de las mamografías sospechosas o no diagnósticas; establecer un sistema de información estratégica que incluya la vigilancia epidemiológica, el monitoreo y la evaluación de la calidad y del impacto del programa; y lograr una cobertura del tamizaje de al menos el 70% de la población objetivo, focalizándose en aquellas mujeres que en general no acceden a estos servicios.

Asimismo, se aclara que la población objetivo de esta estrategia de la cartera sanitaria nacional son las adultas de entre 50 y 69 años, sin antecedentes personales ni familiares de cáncer de mama. “Esta definición está basada en la mayor carga de la enfermedad en ese grupo etario y el mejor desempeño de la mamografía. Es muy importante destacar que la población objetivo está compuesta por mujeres asintomáticas y sin antecedentes de factores de riesgo para cáncer de mama. De allí se desprende la importancia de que los médicos de atención primaria conozcan y puedan identificar si la paciente posee factores de riesgo como: historia personal de cáncer de mama o de enfermedades pre-neoplásicas en una biopsia previa; historia familiar de cáncer de mama u ovario; e historia de radioterapia en el tórax”, se detalla en la normativa, a la vez que se aclara que “las mujeres con estos factores de riesgo deben ser referidas a un especialista en patología mamaria para su evaluación y consejo”.

Por otra parte se señala que “la periodicidad recomendada por el programa para la mamografía es bienal (cada 2 años)”, al tiempo que se remarca que “la evidencia bibliográfica sugiere que no existe un beneficio sustancial de un intervalo más breve. En contrapartida, mamografías anuales se asociarían a mayor incidencia de falsos positivos y sobre diagnóstico”.

En los fundamentos de la normativa se destaca que “el cáncer de mama es la principal causa de muerte por oncológica entre las mujeres en los países desarrollados y en la mayoría de los países en vías de desarrollo.

Aunque habitualmente se asume que esta patología es esencialmente un problema de las regiones industrializadas, más de la mitad de estos decesos ocurren en países de bajos o medianos ingresos. La mortalidad por cáncer de mama varía ampliamente de región a región. Para los países del continente americano, oscila entre un 7,6 por 100.000, para Bolivia y un 24,3 por 100.000 para Uruguay. La República Argentina tiene la segunda tasa de mortalidad en el continente (20,1 por 100.000, para el 2008), lo que se traduce en alrededor de 5.400 muertes por año”.

 

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