El Concejo Deliberante de la capital provincial sancionó una ordenanza que prohíbe la utilización de equipos de emisión de rayos ultravioletas para bronceado -camas solares y afines- a menores de 18 años.
La normativa aprobada dispone que los establecimientos que presten servicios de bronceado deben exhibir en un lugar visible un cartel que informe a los usuarios que la utilización de dichos aparatos está restringida a quienes no hayan llegado a esa edad.
La concejala Amabilia Ortiz en sus fundamentos expresó que «la Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que el uso excesivo de camas solares conlleva un evidente riesgo de padecer cáncer de piel, el envejecimiento prematuro de la piel, lesiones oculares y notables reducciones en la eficacia del sistema inmunitario».
Recordó que la OMS también manifestó su preocupación porque en los últimos años «ha aumentado el uso excesivo de camas solares entre la población, y en forma particular, entre los adolescentes, con el fin de lucir una piel bronceada».
Cada año se producen en el mundo cerca de 132 mil casos de melanoma maligno -el cáncer más dañino que existe- y mueren aproximadamente 66 mil personas al año por éste y otros tipos de cáncer de piel, informó la concejala.