Córdoba: Justicia dispuso constatar violación antes de practicar aborto no punible

Un juez determinó que no basta con una declaración jurada de la paciente para practicarlo. Así dejó sin efecto una resolución que sólo requería este documento. Pidió que un equipo “verifique adecuadamente” las circunstancias de la gestación. 

El juez de 1º Instancia y 30º Nominación en lo Civil y Comercial, Federico Ossola, dispuso que si bien el aborto no punible es constitucional, debe constatarse que la paciente haya sido víctima de una violación, ya que no basta con una declaración jurada.

El magistrado exhortó a la Provincia de Córdoba «a establecer un mecanismo que disponga la conformación de un equipo interdisciplinario que, al ser requerida la intervención, verifique adecuadamente que el embarazo es producto de una violación».

Además, rechazó el amparo presentado por la Asociación Civil Portal de Belén contra la Provincia en cuanto pretendía la declaración de la inaplicabilidad por inconstitucional en el territorio provincial, de la Resolución N° 93/12, del 30 de marzo de 2012, dictada por el Ministerio de Salud cordobés.

La resolución incluía en su  anexo 1, la llamada Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible, según lo establecido en el artículo 86 incisos 1° y 2° del Código Penal de la Nación, para el caso de abortos no punibles contemplados en el artículo 86 inc. 1° del Código Penal, «Procedimiento en caso de peligro para la vida o la salud».

El juez Ossola entendió que «deben acreditarse las circunstancias» que permiten la «práctica excepcional» del aborto y que no basta con una declaración jurada.

En ese sentido, el magistrado declaró la «inconstitucionalidad de la Resolución 93/12 únicamente en su art. «3.2.a», en cuanto prescribe que para la práctica del aborto no punible en caso de violación (art. 86 inc. 2o del Cód. Penal) el único requisito es la manifestación, con carácter de declaración jurada por parte de la embarazada o su representante (según el caso), que el embarazo ha sido producto de una violación» y que por esa causa solicita en consecuencia, que le practique el aborto.

Con respecto al fallo, el ministro de Salud provincial, Carlos Simon, señaló: «Vamos a discutirlo con nuestros equipos técnicos”.

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