Sumarán impactantes imágenes y leyendas en cajas de cigarrillos

Una resolución dispuso que tanto las fotos sobre las enfermedades causadas por el tabaco y las advertencias deberán ocupar el 50% de las dos caras principales de los paquetes. También deberán incluir un número gratuito para dejar de fumar.  

Las impactantes imágenes deberán ocupar el 50% de una de las caras principales del paquete.

Las empresas tabacaleras se verán obligadas a incluir advertencias e impactantes imágenes en los paquetes de cigarrillos, luego de que el Boletín Oficial publicara hoy una resolución que exige imprimir fotografías sobre las enfermedades que causa el tabaco.

La resolución 497/2012 establece las nuevas normas de empaquetado, venta y productos de consumo de tabaco, entre ellas sumar leyendas como “fumar causa cáncer”; “fumar causa impotencia sexual” o “la mujer embarazada que fuma puede causar daños irreparables a su hijo”.

Las autoridades buscan de esta forma «reducir el consumo de productos elaborados con tabaco, reducir al mínimo la exposición de las personas a los efectos nocivos del humo y prevenir la iniciación en el tabaquismo, especialmente en la población de niños y adolescentes». 

La norma, que afecta a «los contenidos y formatos de las advertencias sanitarias en la publicidad de tabaco y en los envases de productos de tabaco”, indica que estas leyendas deberán ocupar “el 50% inferior de una de las superficies principales” del paquete. Mientras que el 50% de la cara contraria deberá estar destinada a una imagen estremecedora que cambiará de acuerdo al texto.

Los mensajes restantes son: «Fumar causa adicción», «Fumar causa enfermedades cardíacas y respiratorias», «El humo de tabaco es causa de enfermedad y muerte», «Fumar causa muerte por asfixia»,  «Fumar causa enfisema pulmonar», «Fumar causa impotencia sexual», «Fumar quita años de vida», «Fumar puede causar amputación de piernas».

Por otra parte, en uno de los laterales de los envases de productos de tabaco deberá figurar la leyenda «PARA DEJAR DE FUMAR 0800 999 3040 www.msal.gov.ar/tabaco Ministerio de Salud de la Nación». 

A su vez, la norma dictamina que en los casos de publicidad y promoción, se deberá incluir un mensaje sanitario cuyo texto estará impreso, escrito “en forma legible, prominente y proporcional dentro de un rectángulo de fondo blanco con letras negras, que deberá ocupar el veinte por ciento (20%) de la superficie total del material objeto de publicidad o promoción». En el otro extremo, en los lugares donde rija la prohibición de fumar, deberán colocarse carteles que indiquen dicha restricción

Por último, el Ministerio de Salud deberá, en tanto, habilitar un numero telefónico gratuito y una dirección de correo electrónico, para facilitar las denuncias por incumplimiento de las disposiciones de esta normativa. 

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