No más ceniceros ni nubes de humo: los españoles tuvieron que renunciar, con la entrada en vigor de la nueva ley antitabaco, a una costumbre bien enraizada en el país, la de fumar un cigarrillo en bares y restaurantes.
La nueva legislación que rige desde el 2 de enero prohíbe fumar en locales gastronómicos, parques infantiles y en los alrededores de los hospitales y las escuelas.
«Hemos aplicado la ley desde las doce de la noche, no he fumado en mi vida, estoy encantado, la tenían que haber hecho hace 50 años», explicó Teodoro Escribano, de 61 años, dueño del Café del Almirante, en el centro de Madrid para luego agregar que la determinación es buena “para nuestra salud, para la salud de todos”.
Pero las medidas son más difíciles de acatar para los fumadores -cerca de un 30% de la población española, según el ministerio de Sanidad-, en un país donde acompañar con un cigarrillo una cerveza o un café con leche parecía hasta hoy un derecho intransferible.
«Soy fumadora, lo llevo muy mal. Hasta ahora fumaba un cigarrillo con mi desayuno, ahora lo tendré que fumar fuera», se lamenta Rosa Atienzo, 58 años, delante de su café con leche y sus churros.
Desde medianoche, los bares están obligados a aplicar la nueva legislación, una de las más estrictas de Europa, siete años después de las medidas históricas adoptadas por Irlanda, primer país europeo en eliminar el tabaco de los sitios públicos.
«Ya es el pasado. Quitamos todos los ceniceros», explicaba poco después de medianoche Elena de Lucía, de 22 años, fumadora y camarera en el Variety Tavern, un pub en el centro de Madrid: «Si miramos las cuestiones de salud, estoy de acuerdo. Pero también pienso que tendría que haber una zona donde poder fumar», matizó.
Los consumidores o los dueños de establecimientos que no respeten la nueva ley podrán ser condenados a multas de entre 30 y 600.000 euros (40 y 800.000 dólares). Los propietarios de bares y restaurantes temen un reducción de su volumen de negocio de entre el 5 y 10% y de un 15% para las discotecas, según la Federación Española de Hostelería (FEHR).
Los profesionales, en cambio aplauden la nueva ley y esperan que sirva para que los jóvenes no empiecen a fumar, además de incitar a quienes son usuarios a dejar de serlo.
Actualmente en España, «un paciente fumador muere cada diez minutos, lo que hace 150 pacientes por día, 1.000 por semana y 55.000 par año», indicó el médico generalista José Luis Díaz-Maroto Muñoz
La legislación española en vigor hasta ahora, aprobada en 2006, era una de las más permisivas del continente y, en la práctica, la mayoría de bares y restaurantes permitían fumar. La ley ya prohibía, sin embargo, el consumo de cigarrillos en el lugar del trabajo, en los transportes públicos y en las tiendas.
La norma, punto por punto
• Se prohíbe fumar en los lugares públicos cerrados, como restaurantes, bares o discotecas. También se pone fin a las zonas de fumadores de los aeropuertos.
• Se declaran zonas libres de humo todos los recintos comprendidos en los centros sanitarios, también los ubicados al aire libre. Lo mismo sucede con los centros formativos, salvo en los espacios al aire libre de las instalaciones dedicadas a la formación de adultos, como universidades.
• Tampoco se podrá fumar en los parques y zonas de juego infantiles al aire libre.
• En hoteles y hostales, se prevé que puedan habilitarse hasta un 30% de habitaciones fijas para huéspedes fumadores, señalizadas de manera permanente y a las que los trabajadores sólo podrán acceder cuando haya algún cliente en su interior, en caso de emergencia.
• También se permitirá fumar a los internos de centros penitenciarios y psiquiátricos en las zonas exteriores de sus edificios que puedan considerarse de aire libre, así como a los residentes en centros residenciales de mayores o discapacitados.
• En los medios de comunicación no se podrán emitir programas o imágenes en los que los presentadores, colaboradores o invitados aparezcan fumando o mencionen o muestren marcas, nombres comerciales, logotipos u otros signos asociados a productos del tabaco.
• Se amplían los puntos de venta de tabaco a las tiendas de las estaciones de servicio a través de máquinas expendedoras.
• Las multas por no cumplir la ley irán desde los 30 euros hasta los 600.000 euros, para las infracciones consideradas muy graves.