La Reglamentación de la Ley N º26.928 de Protección Integral para Personas Trasplantadas fue publicada ayer en el Boletín Oficial, por lo que los intervenidos o los individuos en lista de espera podrán acceder de forma gratuita a viajes de corta, mediana y larga distancia, obtener al 100% la cobertura de medicamentos y quienes estén en situación de desempleo, acceder a una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez. De esta forma, Argentina se convirtió en el primer país en contar con un marco normativo que reconoce derechos y necesidades específicas de esta población.
Los individuos contemplados por la Ley podrán recibir un certificado extendido por el Incucai o los organismos provinciales. El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación será el organismo de aplicación y ejecución de este beneficio.
En cuanto a la inclusión de los beneficiarios en Programa Federal Incluir Salud en relación a la asistencia médica, será regulada por el Ministerio de Salud de la Nación.
Según se detalló en un comunicado oficial, el certificado emitido por el Incucai y su posterior credencial será el documento válido que permitirá a todas las personas alcanzadas por la ley “acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional, de corta, media y larga distancia, como asimismo de transporte fluvial, en el trayecto que medie entre el domicilio de aquéllas y cualquier destino al que deban concurrir por razones asistenciales”. Entendiendo estas razones como “aquellas que favorezcan la plena integración social” de los beneficiarios “ya sea por causas familiares, médicas, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que requieran el traslado desde y hacia un lugar distinto al de su domicilio”.
En la Reglamentación de la Ley intervinieron el Ministerio de Salud, el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Trabajo, Empleo Público y Seguridad Social, el Ministerio del Interior y de Transporte y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. l Decreto reglamentario lleva la firma de la Presidente Cristina de Kirchner, el Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y el Ministro de Salud, Daniel Gollán.
La ley, promulgada en 2014, creó un Sistema de Protección Integral para las personas que hayan recibido un trasplante o se encuentren en lista de espera con residencia permanente en el país. Asimismo, busca asegurar a esta población «la integración familiar y social mediante la atención médica integral, educación en todos sus niveles, seguridad social e inserción laboral».
“Es muy valioso contar con un instrumento legal que garantice el cuidado de los pacientes, tanto quienes se encuentran en Lista de Espera, como quienes recibieron un trasplante”, indicó Carlos Soratti, titular del Incucai.
La norma, entre otros puntos, garantiza a las personas trasplantadas e inscriptas en lista de espera la cobertura del 100% en la provisión de medicamentos y estudios diagnósticos. Promueve programas de empleo instrumentados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social o deducciones impositivas a empleadores sobre las retribuciones que abone a trabajadores trasplantados.