Durante la niñez y la adolescencia se dan procesos de crecimiento y desarrollo decisivos para el desenvolvimiento de etapas posteriores. Tanto los aspectos biológicos como psicológicos, afectivos e intelectuales requieren de condiciones propicias para manifestar el potencial en la adultez. La incorporación precoz al trabajo origina desgaste orgánico y aparición temprana de patologías crónicas. A su vez, interfiere con la escolarización. El abandono temprano de la escuela impide contar con competencias suficientes para la inserción futura en el mercado laboral, por lo tanto, perpetúa las condiciones de pobreza y aumenta el grado de vulnerabilidad.
De acuerdo con estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en los países en desarrollo hay unos 250 millones de niños entre 5 y 14 años de edad que realizan algún tipo de actividad económica. De ellos, el 50% se ocupan tiempo completo. Asia es la región que presenta la cifra más elevada de niños trabajadores (61 %), seguida de África (32%) y América Latina (7%).
En América Latina aproximadamente entre 18 y 20 millones de niños menores de 10 años trabajan, entre el 60 % y el 80% de ellos son varones y entre 20% y el 40%, mujeres. La mayoría se desempeña en actividades rurales, en el sector informal o en el servicio doméstico y sólo un 10% en el sector formal o moderno de la economía.
Se entiende por trabajo infantil a toda actividad económica y/o estrategia de supervivencia, remunerada o no, realizada por niñas y niños, por debajo de la edad mínima de admisión al empleo o trabajo, o que no han finalizado la escolaridad obligatoria o que no han cumplido los 18 años si se trata de trabajo peligroso (OIT).
Situación local
Argentina es uno de los países en donde el trabajo infantil ha crecido de manera considerable como consecuencia de las recientes crisis económicas. Según la Encuesta de Actividades de Niños, Niñas y Adolescentes (Eanna) del Ministerio de Trabajo, en el año 2006, el 6,5% de los menores entre 5 y 13 años había realizado alguna tarea, y aproximadamente el 20% de los adolescentes encuestados entre 14 y 17 años trabajaba. Muchos de ellos desarrollaban sus actividades en las calles y el 53% estaba expuesto al consumo de algún tipo de droga.
El empleo durante esta etapa es ilegal en nuestro país. La ley nacional 26.390 de la Prohibición del Trabajo Infantil y la Protección del Trabajo Adolescente lo prohíbe en los niños y niñas por debajo de los 16 años y protege el trabajo adolescente entre los 16 y los 18 años. Esta normativa está en concordancia con convenios internacionales de la OIT: el Nº 138, que establece la edad mínima de admisión al empleo y el Nº 182, que fija las peores formas del trabajo infantil (explotación sexual comercial infantil, utilización de niñas y niños para el tráfico de estupefacientes, utilización de niños y niñas en pornografía, toda forma de esclavitud y todo trabajo que por su naturaleza, o por las circunstancias en las que se realiza, atente contra la salud, la seguridad o la moral de niños y niñas). Estas formas implican delito y consideran como “víctimas” a la niña o el niño que las realiza; la sanción penal recae sobre el explotador.
En cuanto al empleo adolescente, rige la prohibición absoluta de realizarse en ambientes o condiciones peligrosas, penosas o insalubres. Además la jornada no debe exceder las 6 horas diarias y se prohíbe la realización de horas extras y el horario nocturno.
¿Por qué ocurre el trabajo infantil?
El arco de los condicionantes de esta problemática atraviesa al total de la sociedad y va desde los determinantes económicos a los culturales. La falta de empleo y la precarización de las condiciones laborales sumado a la desigualdad en la distribución de la riqueza constituyen los factores sociales y económicos que han llevado a la pobreza a gran parte de la población que vive en la Argentina.
Muchas familias se ven obligadas a recurrir a diferentes estrategias de supervivencia, entre las cuales se encuentra la incorporación de sus niños y/o niñas al trabajo, desplazando a la escuela de su lugar prioritario. A esto se suma que los empleadores ven en los niños mano de obra barata, y en algunas situaciones los consideran más ágiles para determinadas tareas (cosecha de algodón por sus manos pequeñas, minería por su tamaño acorde a los lugares estrechos).
Desde el marco regulatorio, a pesar de las leyes y normativas vigentes, las actividades de los organismos de aplicación resultan poco eficaces y hay dificultad en la implementación de políticas sociales protectoras de los derechos de la infancia.
Además, existen factores culturales que legitiman actitudes permisivas ante ciertas prácticas tradicionales de empleo infantil, especialmente en el trabajo rural y el doméstico, otorgándoles una valoración social positiva o considerándolas como parte del proceso de socialización.
Estrategias para la erradicación
La incorporación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CIDN) a la Constitución Nacional generó un nuevo modelo legal que apela a la responsabilidad del Estado, de la sociedad y de las familias para garantizar la protección integral de los derechos de la infancia. Nuestro país se ha comprometido a seguir una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños y eleve la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a los 16 años.
Una de las premisas para la erradicación del trabajo infantil es la participación y labor conjunto de las familias y la comunidad con los sectores responsables como educación, salud, desarrollo social junto a las Secretarias de Derechos del Niño, ONGs, etc. Es necesario impulsar una educación que garantice la inclusión, reinserción y/o permanencia de todos los niños y adolescentes en el sistema educativo formal, en el período que por ley se considera obligatorio.
La erradicación del trabajo infantil es responsabilidad de todos los integrantes de la sociedad. Solo podrá realizarse con el cumplimiento del derecho universal de acceso a la educación de calidad, atención de la salud, protección social para las familias y mejores oportunidades de empleo para los adultos.
Centros de denuncia de casos de trabajo infantil
Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (Conaeti) y Comisiones provinciales para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (Copreti).
Ministerio de Trabajo de la Nación al 0800-666-4100 de 10 a 16 hs.
Personalmente, al Departamento de Denuncias Laborales de la Dirección de Inspección Federal, sito en Av. Leandro N. Alem 628, Piso 5 °, Capital Federal.
E-mail: [email protected]
Capital Federal
Comuníquese al 0800-222-2224 – Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
También puede dirigirse personalmente a Moreno 1170, PB, Capital Federal
Provincia de Buenos Aires
Comunicarse con la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires al teléfono (0221) 429-3600,
Fuente Sociedad Argentina de Pediatría