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Justicia ordenó al Gobierno porteño indemnizar a médica del hospital Gutiérrez

La Justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad indemnizar a una médica «a raíz de la situación crítica y de negligencia en materia de seguridad e higiene laboral» existente en el servicio de radiología del Hospital Gutiérrez que le causaron efectos nocivos en su salud física y emocional, al estar expuesta a las radiaciones por la deficiencias en los equipos.

El titular del juzgado 15 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad, Víctor Rodolfo Trionfetti, resolvió que el gobierno porteño deberá indemnizar con más de dos millones de pesos a la médica por daño físico, daño moral, daño psíquico y pérdida de chance laboral.

El magistrado consideró como prueba un acta de inspección del Ministerio de Salud de la Nación en la que se alertaba por la falta de medidas preventivas y deficiencias en los equipos e informes médicos que detallan diversos padecimientos de la médica, entre los que se menciona el cáncer de mama.

Entre los fundamentos de la sentencia, el juez porteño indicó que «a raíz de la situación crítica y de negligencia en materia de seguridad e higiene laboral», tanto ella como otros integrantes del equipo de radiología «realizaron distintos estudios médicos que denotaron una sobreexposición a las radiaciones».

Las consecuencias de ello fueron «la existencia de nódulos tiroideos, alteraciones sanguíneas, espermogramas patológicos, ojos secos, cataratas, y la aparición de cáncer de piel, mama y riñón, dentro del período de latencia de la sobreexposición».

En el caso puntual de la médica, se le diagnosticaron «dos tumores malignos en la mama derecha», coincidiendo con el «período de latencia entre la sobreexposición por rayos y la aparición de la enfermedad oncológica», detalló el fallo del juez.

El Gobierno porteño argumentó que la concurrencia de la médica al hospital Gutiérrez «fue menor a dos años, y que por no formar parte del plantel de planta permanente, esto no puede ser considerado un accidente de trabajo o una enfermedad profesional de algunos de los agentes del gobierno de la Ciudad»

El juez rechazó estos planteos y remarcó que «la Constitución porteña garantiza el derecho a la salud integral, el cual está vinculado a la satisfacción, entre otras, de la educación, y que la actora era una cursante a la que no se le garantizó su derecho a aprender en condiciones de salubridad adecuadas».

«La Ciudad ejerce una función indelegable como autoridad sanitaria en la fiscalización y control de la tecnología médica, el ejercicio de las profesiones y la acreditación de los servicios de salud», remarcó el magistrado.

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