Nueve provincias argentinas comenzarán a implementar este martes el Registro Nacional de Personas Internadas por motivos de Salud Mental (RESAM), iniciativa coordinada por el ministerio de Salud de la Nación para orientar políticas públicas y avanzar en los principios expuestos por la Ley Nacional de Salud Mental 26.657.
San Juan, San Luis, La Rioja, Mendoza, Santa Fe, Misiones, Corrientes, Chaco y Entre Ríos se convertirán en las primeras jurisdicciones en poner en marcha esta herramienta, que formará parte, a su vez, del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) de la cartera sanitaria nacional.
El RESAM servirá para conocer el número de personas internadas; sus condiciones de internación; su caracterización sociodemográfica; y su situación judicial, social y familiar, tal como lo establece la Ley de Salud Mental y el Plan Nacional de Salud Mental, aprobado mediante la Resolución ministerial 2177/2013.
“Con la aplicación de este instrumento seguimos dando cumplimiento a lo que nos marca la Ley de Salud Mental para garantizar el derecho que les asiste a las personas con padecimientos mentales de acceder a una atención adecuada”, dijo el viceministro de Salud Eduardo Bustos Villar.
El funcionario destacó además que “con medidas como ésta estamos saldando una antigua deuda con personas por décadas marginadas de la sociedad”.
Por su parte, la directora nacional de Salud Mental y Adicciones, Matilde Massa, hizo hincapié en la idoneidad de este nuevo recurso para “optimizar las políticas públicas de salud mental, ya no sólo de acuerdo a las comunidades de pertenencia de quienes tienen padecimientos mentales, sino también en base a cada caso en particular”, señaló
Para la funcionaria, dicho registro “permitirá a la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones monitorear la atención dada a cada paciente, y esto hará que el Estado pueda actuar con eficacia como agente promotor de derechos, además de salud”, explicó.
En una primera etapa, los establecimientos monovalentes del sector público serán los dispositivos que recabarán esa información pero, a mediano plazo, el RESAM tendrá carácter obligatorio en el resto de las instituciones del ámbito público, privado y de la seguridad social de todo el país.
En lo que refiere al mantenimiento y acceso a los datos personales y contenidos sensibles en el SISA, el RESAM fue concebido en base a las prescripciones jurídicas que establece la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N° 25.326, fijando que sólo el efector de salud y el propio ciudadano podrán acceder a los datos personales recabados.