LEY 26.689 |

Promueven cuidado de personas con enfermedades poco frecuentes

El Gobierno apunta a garantizar el acceso a la salud de estos pacientes y a impulsar la producción de remedios para tratarlos. Consideró que estas afecciones son aquellas cuya prevalencia es igual o menor a una en 2.000 personas.

Las ENF poseen una prevalencia igual o menor a una en 2.000 personas

El Gobierno busca promover el cuidado integral de la salud de las personas con Enfermedades poco Frecuentes (EPF) y mejorar la calidad de vida de los pacientes y sus familias, mediante la Ley 26.689, que publica hoy el Boletín Oficial

La norma, que había sido sancionada el 29 de junio y promulgada un mes después,  equipara las EPF a aquellas afecciones cuya prevalencia en la población es igual o inferior a una en dos mil personas. A su vez, establece que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación.

La ley busca promover el acceso a la salud de los que las sufren, incluyendo detección precoz, diagnóstico y tratamiento; la creación de un organismo multidisciplinario especializado en estas afecciones e impulsar la participación de asociaciones de pacientes y familiares.

También aspira a elaborar un listado de EPF de acuerdo a su prevalencia; propiciar la realización de estudios epidemiológicos para obtener cifras a nivel nacional y regional; promover el desarrollo de centros de asesoramiento e investigación en enfermedades de origen genético y contribuir a la capacitación continua de profesionales de la salud en estos problemas.

Por otra parte, aspira a impulsar la producción de medicamentos destinados a estas afecciones y difundir información para concientizar a la población sobre la problemática de las EPF.

Por último, determinó que obras sociales, empresas de medicina prepaga y otros agentes que brinden servicios médicos deberán brindar cobertura a sus afiliados y será el Ministerio de Salud quien determine el mínimo de prestaciones.

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