La Corte Suprema falló a favor de la voluntad del testigo de Jehová

En tiempo récord el Máximo Tribunal sentenció que se debe respetar la voluntad de Pablo Albarracín. Por ello, no se le realizará una transfusión de sangre. Los jueces basaron su decisión en el principio de reserva del artículo 19 de la Constitución.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que se respete la voluntad de Pablo Albarracini, el joven que está en coma y que por su creencia religiosa como testigo de Jehová se niega a recibir una transfusión de sangre.

La abogada Mariana Gallego, que representa a Jorge Albarracini, padre del joven, que presentó el amparo para que su hijo pueda ser transfundido, dijo a Télam que «la Corte otorgó prioridad al principio de reserva de la Constitución Nacional por el cual la Justicia no tiene jurisdicción sobre los actos privados de las personas».

Por otra parte, el Procurador general Luis González Warcalde, en su dictamen de carácter no vinculante, opinó que «la misión de los jueces es preservar el derecho a la vida y por eso consideró que en ese objetivo era necesario seguir las instrucciones de los médicos que contemplaban la transfusión de sangre para Pablo», informó la abogada Gallego. 

También narró la letrada que a la notificación del fallo de la Corte Suprema en la sede de los tribunales también concurrieron ocho integrantes de los testigos de Jehová, entre ellos la esposa de Pablo Albarracini, quienes consideraron «de gran importancia la decisión adoptada» por el máximo tribunal. 

Por otra parte, el Procurador general Luis González Warcalde, en su dictamen de carácter no vinculante, opinó que «la misión de los jueces es preservar el derecho a la vida y por eso consideró que en ese objetivo era necesario seguir las instrucciones de los médicos que contemplaban la transfusión de sangre para Pablo», informó la abogada Gallego. 

También narró la letrada que a la notificación del fallo de la Corte Suprema en la sede de los tribunales también concurrieron ocho integrantes de los testigos de Jehová, entre ellos la esposa de Pablo Albarracini, quienes consideraron «de gran importancia la decisión adoptada» por el máximo tribunal. 

El máximo tribunal resolvió respetar la voluntad del paciente a que no se realice la mencionada transfusión. La decisión de los jueces se basó en el artículo 19 de la Constitución Nacional que establece que “las acciones privadas de los hombres que de  ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios”.

La decisión surge luego de un peritaje llevado a cabo por el Cuerpo Médico Forense para analizó el estado de salud del joven que se hizo presente en la Clínica Bazterrica. El caso pasó al máximo tribunal tras haber transcurrido el plazo de 24 horas que la Cámara Civil de esta capital le dio a la mujer del testigo de jehová de 38 años para explicar los motivos del rechazo a este procedimiento. 

Albarracini se encuentra internado desde el 4 de mayo pasado luego de que le dispararan seis balazos en un intento de robo, y quien previamente estableció en un documento que se oponía a recibir transfusiones de sangre debido a su fe religiosa.

El 4 de mayo pasado, Albarracini, de 38 años, ingresó a la Clínica Bazterrica con pérdida de masa encefálica e impactos de bala tras sufrir un intento de robo. Todo ocurrió cuando en la localidad Bonaerense de San Justo, el joven fue sorprendido por dos menores de edad en momentos en que intentaba subir a su vehículo para ir a trabajar. 

Luego de obligarlo a punta de pistola a manejar, hubo en el interior del vehículo un forcejeo, y Albarracín recibió en total seis disparos: uno en la cabeza y los otros cinco en el cuerpo.

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